Ley [LFPC]
Articulo 52
Ley Federal De Protección Al Consumidor
Artículo 52.- Las ventas a que se refiere este capítulo deberán constar por escrito que deberá contener:
- El nombre y dirección del proveedor e identificación de la operación y de los bienes y servicios de que se trate; y
- Garantías y requisitos señalados por .
El proveedor está obligado a entregar al consumidor una copia del documento respectivo.