Ley [LFPC]
Articulo 86 quater
Ley Federal De Protección Al Consumidor
Artículo 86 quater.- Cualquier diferencia entre el texto del contrato de adhesión registrado ante la Procuraduría Federal del Consumidor y el utilizado en perjuicio de los consumidores, se tendrá por no puesta.
Artículo adicionado DOF