Ley [LFPC]

Articulo 86 quater

Ley Federal De Protección Al Consumidor

Artículo 86 quater.- Cualquier diferencia entre el texto del contrato de adhesión registrado ante la Procuraduría Federal del Consumidor y el utilizado en perjuicio de los consumidores, se tendrá por no puesta.

Artículo adicionado DOF

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