Ley [LFPC]
Articulo 96
Ley Federal De Protección Al Consumidor
Artículo 96.- La Procuraduría, con objeto de aplicar y hacer cumplir las disposiciones de y de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, cuando no corresponda a otra dependencia, practicará la vigilancia y verificación necesarias en los lugares donde se administren, almacenen, transporten, distribuyan o expendan productos o mercancías o en los que se presten servicios, incluyendo aquéllos en tránsito.
Párrafo reformado DOF
Para la verificación y vigilancia a que se refiere el párrafo anterior, la Procuraduría actuará de oficio conforme a lo dispuesto en y en los términos del procedimiento previsto por la , y tratándose de la verificación del cumplimiento de normas oficiales mexicanas, de conformidad con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Párrafo adicionado DOF