Ley [LFPC]

Articulo 96

Ley Federal De Protección Al Consumidor

Artículo 96.- La Procuraduría, con objeto de aplicar y hacer cumplir las disposiciones de y de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, cuando no corresponda a otra dependencia, practicará la vigilancia y verificación necesarias en los lugares donde se administren, almacenen, transporten, distribuyan o expendan productos o mercancías o en los que se presten servicios, incluyendo aquéllos en tránsito.

Párrafo reformado DOF

Para la verificación y vigilancia a que se refiere el párrafo anterior, la Procuraduría actuará de oficio conforme a lo dispuesto en y en los términos del procedimiento previsto por la , y tratándose de la verificación del cumplimiento de normas oficiales mexicanas, de conformidad con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Párrafo adicionado DOF

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