Ley [LFPC]
Articulo segundo
Ley Federal De Protección Al Consumidor
segundo..- Se abroga la publicada en el el 22 de diciembre de 1975 y sus reformas y se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en .
Quedarán vigentes los reglamentos expedidos en términos de la ley que se abroga en lo que no se opongan a la .