Ley [LGPDPPSO]
Articulo 114
Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados
Artículo 114. Los criterios se compondrán de un rubro, un texto y el precedente o precedentes que, en su caso, hayan originado su emisión.
Todo criterio que emita la Secretaría deberá contener una clave de control para su debida identificación.