Ley [LGPDPPSO]
Articulo 119
Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados
Artículo 119. El procedimiento de verificación concluirá con la resolución que emita la Secretaría o las Autoridades garantes, en la cual se establecerán las medidas que deberá adoptar el responsable en el plazo que la misma determine.