Ley [LGPDPPSO]
Articulo 33
Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados
Artículo 33. El responsable deberá llevar una bitácora de las vulneraciones a la seguridad en la que se describa ésta, la fecha en la que ocurrió, el motivo de ésta y las acciones correctivas implementadas de forma inmediata y definitiva.