Ley [LGPDPPSO]

Articulo 33

Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados

Artículo 33. El responsable deberá llevar una bitácora de las vulneraciones a la seguridad en la que se describa ésta, la fecha en la que ocurrió, el motivo de ésta y las acciones correctivas implementadas de forma inmediata y definitiva.

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