Ley [LGPDPPSO]

Articulo 40

Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados

Artículo 40. La persona titular tendrá derecho a solicitar la cancelación de sus datos personales de los archivos, registros, expedientes y sistemas del responsable, a fin de que los mismos ya no estén en su posesión y dejen de ser tratados por este último.

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