Ley [LGPDPPSO]
Articulo 40
Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados
Artículo 40. La persona titular tendrá derecho a solicitar la cancelación de sus datos personales de los archivos, registros, expedientes y sistemas del responsable, a fin de que los mismos ya no estén en su posesión y dejen de ser tratados por este último.