Ley [LGPDPPSO]
Articulo 96
Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados
Artículo 96. El recurso de revisión procederá en los siguientes supuestos:
- Se clasifiquen como confidenciales los datos personales sin que se cumplan las características señaladas en las disposiciones jurídicas aplicables;
- Se declare la inexistencia de los datos personales;
- Se declare la incompetencia por el responsable;
- Se entreguen datos personales incompletos;
- Se entreguen datos personales que no correspondan con lo solicitado;
- Se niegue el acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales;
- No se dé respuesta a una solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO dentro de los plazos establecidos en la y demás disposiciones aplicables en la materia;
- Se entregue o ponga a disposición datos personales en una modalidad o formato distinto al solicitado, o en un formato incomprensible;
- La persona titular se inconforme con los costos de reproducción, envío o tiempos de entrega de los datos personales;
- Se obstaculice el ejercicio de los derechos ARCO, a pesar de que fue notificada la procedencia de los mismos;
- No se dé trámite a una solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO, y
- En los demás casos que disponga la legislación aplicable.