Ley [LGPDPPSO]

Articulo 96

Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados

Artículo 96. El recurso de revisión procederá en los siguientes supuestos:

  1. Se clasifiquen como confidenciales los datos personales sin que se cumplan las características señaladas en las disposiciones jurídicas aplicables;
  2. Se declare la inexistencia de los datos personales;
  3. Se declare la incompetencia por el responsable;
  4. Se entreguen datos personales incompletos;
  5. Se entreguen datos personales que no correspondan con lo solicitado;
  6. Se niegue el acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales;
  7. No se dé respuesta a una solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO dentro de los plazos establecidos en la y demás disposiciones aplicables en la materia;
  8. Se entregue o ponga a disposición datos personales en una modalidad o formato distinto al solicitado, o en un formato incomprensible;
  9. La persona titular se inconforme con los costos de reproducción, envío o tiempos de entrega de los datos personales;
  10. Se obstaculice el ejercicio de los derechos ARCO, a pesar de que fue notificada la procedencia de los mismos;
  11. No se dé trámite a una solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO, y
  12. En los demás casos que disponga la legislación aplicable.
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