Ley [LGPDPPSO]

Articulo cuarto

Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados

TRANSITORIOS

cuarto..- Las menciones, atribuciones o funciones contenidas en otras leyes, reglamentos y, en general, en cualquier disposición normativa, respecto al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales se entenderán hechas o conferidas a los entes públicos que adquieren tales atribuciones o funciones, según corresponda.

Citado por 0 leyes