Ley [LNETB]
Articulo 59
Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos
Artículo 59. Para la implementación del Modelo Nacional de Digitalización previsto en , los Sujetos Obligados mantendrán sistematizados y actualizados sus registros y bases de datos, cuyo elemento central será la CURP, a fin de facilitar mecanismos de consulta.
Todos los registros asociados a Trámites y Servicios deberán incorporar la CURP como fuente única de la identidad de las personas.
Será obligación de los Sujetos Obligados solicitar y registrar la CURP de las personas que les soliciten un trámite o un servicio.