Ley [LNETB]
Articulo décimo primero
Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos
décimo primero..- En un plazo no mayor a treinta días hábiles contado a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, las personas titulares de los Sujetos Obligados de la Federación deberán designar a sus respectivos Enlaces de Simplificación y Digitalización y notificarlo a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.