Ley [LFSV]

Articulo 10

Ley Federal De Sanidad Vegetal

Artículo 10.- La Secretaría, en el ámbito de sus atribuciones, coadyuvará con las de Salud y de Desarrollo Social, para vigilar el cumplimiento de las normas oficiales aplicables a los plaguicidas e insumos de nutrición vegetal.

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