Ley [LFSV]

Articulo 47-g

Ley Federal De Sanidad Vegetal

Artículo 47-g.- Los particulares que cuenten con un certificado de cumplimiento de BPA´s y detecten una posible fuente de contaminación en la producción primaria de vegetales, deberán establecer las medidas de control necesarias para corregirlo.

Artículo adicionado DOF

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