Ley [LGA]

Articulo 102

Ley General De Archivos

LIBRO Primero TÍTULO Quinto CAPÍTULO IV

Artículo 102. Los jefes de misión diplomática, consular y permanente de México en el exterior protegerán y favorecerán el conocimiento y la difusión del patrimonio documental de la Nación, y promoverán y facilitarán el intercambio cultural en materia archivística.

Citado por 0 leyes