Ley [LGA]

Articulo 24

Ley General De Archivos

LIBRO Primero TÍTULO Segundo CAPÍTULO V

Artículo 24. El programa anual contendrá los elementos de planeación, programación y evaluación para el desarrollo de los archivos y deberá incluir un enfoque de administración de riesgos, protección a los derechos humanos y de otros derechos que de ellos deriven, así como de apertura proactiva de la información.

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