Ley [LGA]

Articulo 3

Ley General De Archivos

LIBRO Primero TÍTULO Primero CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 3. La aplicación e interpretación de se hará acorde a la y los tratados internacionales de los que México sea parte, privilegiando el respeto irrestricto a los derechos humanos y favoreciendo en todo tiempo la protección más amplia a las personas y el interés público.

A falta de disposición expresa en la , se aplicarán de manera supletoria las disposiciones administrativas correspondientes en la , la y el , así como las leyes en materia de procedimiento administrativo y en materia civil de las entidades federativas en el ámbito de sus respectivas competencias.

Párrafo reformado DOF

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