LIBRO Primero TÍTULO Primero CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 5. Los sujetos obligados que refiere se regirán por los siguientes principios:
- Conservación: Adoptar las medidas de índole técnica, administrativa, ambiental y tecnológica, para la adecuada preservación de los documentos de archivo;
- Procedencia: Conservar el origen de cada fondo documental producido por los sujetos obligados, para distinguirlo de otros fondos semejantes y respetar el orden interno de las series documentales en el desarrollo de su actividad institucional;
- Integridad: Garantizar que los documentos de archivo sean completos y veraces para reflejar con exactitud la información contenida;
- Disponibilidad: Adoptar medidas pertinentes para la localización expedita de los documentos de archivo, y
- Accesibilidad: Garantizar el acceso a la consulta de los archivos de acuerdo con y las disposiciones jurídicas aplicables.