Ley [LGA]

Articulo 55

Ley General De Archivos

LIBRO Primero TÍTULO Tercero CAPÍTULO I

Artículo 55. El sujeto obligado deberá asegurar que los plazos de conservación establecidos en el catálogo de disposición documental hayan prescrito y que la documentación no se encuentre clasificada como reservada o confidencial al promover una baja documental o transferencia secundaria.

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