Ley [LGBN]
Articulo noveno
Ley General De Bienes Nacionales
noveno..- La deberá elaborar, a través del Instituto Nacional de Antropología e Historia, y proponer al Ejecutivo Federal el reglamento para el otorgamiento de permisos y autorizaciones para la realización de actividades cívicas y culturales en las zonas de monumentos arqueológicos, a que se refiere el artículo de , dentro de los siguientes seis meses contados a partir de la entrada en vigor de la .