Artículo 51. La Agencia Federal de Aviación Civil debe establecer requisitos para la acreditación técnica del personal a cargo de los servicios aeroportuarios y complementarios, mediante disposiciones técnico-administrativas.
Artículo reformado DOF
Artículo 51. La Agencia Federal de Aviación Civil debe establecer requisitos para la acreditación técnica del personal a cargo de los servicios aeroportuarios y complementarios, mediante disposiciones técnico-administrativas.
Artículo reformado DOF