Artículo 105. Contenido de la carpeta de ejecución
La carpeta de ejecución deberá contener cuando menos los siguientes documentos:
- Sentencia definitiva de primera instancia y auto que la declare ejecutoriada;
- Sentencia definitiva de segunda instancia si fuera el caso;
- Sentencia de amparo vinculada a dichas resoluciones, en su caso;
- Auto de ejecución de la sentencia en el cual se determinen el cómputo de la pena, considerando el tiempo de prisión preventiva o arresto domiciliario cumplidos por el sentenciado, las condiciones de cumplimiento del pago de multa, la reparación del daño, así como el pronunciamiento respecto del otorgamiento o negativa del sustitutivo penal;
- Plan de Actividades;
- Actas y acuerdos de cualquier procedimiento de justicia alternativa o restaurativa en su caso;
- Informe del Centro Penitenciario respecto a procedimientos disciplinarios desde su ingreso hasta la sentencia;
- Copia de la ficha signalética y la identificación administrativa;
- Actas del Comité Técnico de los órganos colegiados, en las que se funden las actuaciones realizadas por cada una de las áreas;
- Documentos que acrediten el pago de la reparación del daño, en su caso;
- Documentos que demuestren que se han ejecutado otras sanciones penales, y
- Los demás registros de actividad procesal.