Ley [LNEP]

Articulo 17

Ley Nacional De Ejecución Penal

Artículo 17. Comité Técnico

El Comité Técnico, presidido por el Titular del Centro, o por el funcionario que le sustituya en sus ausencias, se integrará con los miembros de superior jerarquía del personal administrativo, técnico, jurídico y de custodia penitenciaria.

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