Artículo 187. Incentivos
Durante el programa, la persona sentenciada o su defensor podrán solicitar incentivos. El Juez de Ejecución basándose en los informes de evaluación del Centro de Tratamiento y tomando en cuenta la manifestación de la persona sentenciada, podrá otorgar en su caso uno de los siguientes incentivos en audiencia:
- Reducir la frecuencia de la supervisión judicial, y
- Autorizar la participación libre en actividades de la comunidad.