Ley [LNEP]

Articulo 190

Ley Nacional De Ejecución Penal

Artículo 190. Disposición general

Las disposiciones de la serán aplicables, en lo conducente, a las personas inimputables privadas de la libertad con motivo de la ejecución de una medida de seguridad, impuesta de acuerdo a la legislación penal y procesal penal vigente.

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