Artículo 93. Son causas de revocación del permiso de descarga de aguas residuales:
- Efectuar la descarga en un lugar distinto del autorizado por "la Autoridad del Agua";
- Realizar los actos u omisiones que se señalan en las fracciones II, III y IV del Artículo anterior, cuando con anterioridad se hubieren suspendido las actividades de la persona permisionaria por "la Autoridad del Agua" por la misma causa, o
Fracción reformada DOF
- La revocación de la concesión o asignación de aguas nacionales, cuando con motivo de dicho título sean éstas las únicas que con su explotación, uso o aprovechamiento originen la descarga de aguas residuales.
Cuando proceda la revocación, "la Autoridad del Agua" previa audiencia con la persona interesada, dictará y notificará la resolución respectiva, la cual deberá estar debidamente fundada y motivada.
Párrafo reformado DOF
El Permiso de Descarga caducará cuando caduque el título de concesión o asignación que origina la descarga.
Artículo reformado DOF