Ley [LISR]

Articulo 113-h

Ley Del Impuesto Sobre La Renta

Artículo 113-h. Los contribuyentes que opten por pagar el impuesto sobre la renta en términos de esta Sección, deberán cumplir con lo siguiente:

  1. Encontrarse activos en el Registro Federal de Contribuyentes.
  2. En el caso de reanudación de actividades, que en el ejercicio inmediato anterior, los ingresos amparados en comprobantes fiscales digitales por Internet no hayan excedido de tres millones quinientos mil pesos.
  3. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con lo previsto en el artículo del .
  4. No encontrarse en el listado de contribuyentes publicados por el Servicio de Administración Tributaria en términos del artículo , cuarto párrafo del .

    Artículo adicionado DOF

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