Ley [LPTE]

Artículo 42 de Ley De Planeación Y Transición Energética

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Ley De Planeación Y Transición Energética (LPTE)

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Artículo 42.- El Ejecutivo Federal debe instrumentar políticas y medidas para facilitar apoyos financieros, económicos y de mercado que se destinen al cumplimiento de los fines de esta Ley.

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