Ley [LPTE]
Articulo 68
Ley De Planeación Y Transición Energética
Artículo 68.- La Secretaría, con la colaboración de la Secretaría de Economía y con el apoyo técnico de la Comisión Federal de Electricidad y el Centro Nacional de Control de Energía, debe elaborar un estudio para determinar las necesidades y el potencial del Sector Eléctrico en materia de Energías Limpias cada vez que se elabore o actualice una nueva Estrategia o un PLATEASE, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento.