Artículo 124.- Corresponde a la Secretaría de Energía poner a disposición del público, de forma mensual, al menos la siguiente información:
- El número y tipo de Asignaciones, en su caso personas Participantes y su carácter, y permisos que se encuentran vigentes, así como sus términos y condiciones;
- Los resultados y estadísticas de los procesos de licitación de Contratos para la Exploración y Extracción;
- Las bases y reglas de los procesos de licitación que se hayan empleado para adjudicar los Contratos para la Exploración y Extracción;
- El número de los Contratos para la Exploración y Extracción que se encuentran vigentes, así como sus términos y condiciones;
- El número de autorizaciones que haya otorgado y se encuentran vigentes, así como sus términos y condiciones;
- La información relacionada con la administración técnica y supervisión de los Contratos para la Exploración y Extracción;
- El volumen de producción de Hidrocarburos por Contrato para la Exploración y Extracción;
- El número de permisos que haya otorgado y se encuentren vigentes, así como sus términos y condiciones;
- El volumen de Gas Natural transportado y almacenado en los sistemas permisionados, incluido el Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural;
- La capacidad utilizada y disponible en las instalaciones y ductos de las personas Permisionarias;
- Las estadísticas relacionadas con el Transporte, el Almacenamiento, la Distribución y el Expendio al Público de Gas Natural, Petrolíferos y Petroquímicos, a nivel nacional;
- Los resultados y estadísticas de las actividades de los gestores de Sistemas Integrados, y
- La demás información que determine.