Artículo 129.- En lo no previsto por , se consideran mercantiles los actos de la industria de Hidrocarburos, por lo que se rigen por el y, de modo supletorio, por las disposiciones del .
Artículo 129.- En lo no previsto por , se consideran mercantiles los actos de la industria de Hidrocarburos, por lo que se rigen por el y, de modo supletorio, por las disposiciones del .