Ley [LSH]

Articulo 49

Ley Del Sector Hidrocarburos

Artículo 49.- Los Contratos para la Exploración y Extracción se regulan por lo dispuesto en la y su Reglamento. Para los efectos de su ejecución es aplicable, supletoriamente y en lo que no se oponga a la y su Reglamento, la legislación mercantil y el derecho común.

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