Artículo 54.- Petróleos Mexicanos puede solicitar a la Secretaría de Energía la migración de las Asignaciones para Desarrollo Propio de las que es titular a Contratos para la Exploración y Extracción.
En caso de que la migración sea procedente, la debe establecer las condiciones económicas relativas a los términos fiscales que correspondan, según lo dispuesto en la .