Ley [LGCFD]
Articulo 113
Ley General De Cultura Física Y Deporte
Artículo 113. Los estímulos previstos en podrán consistir en:
- Dinero o especie;
- Capacitación;
- Asesoría;
- Asistencia, y
- Gestoría.
Ley [LGCFD]
Ley General De Cultura Física Y Deporte
Artículo 113. Los estímulos previstos en podrán consistir en: