Ley [LGSC]
Articulo 1
Ley General De Sociedades Cooperativas
Artículo 1.- La tiene por objeto regular la , organización, funcionamiento y extinción de las Sociedades Cooperativas y sus Organismos en que libremente se agrupen, así como los derechos de los Socios.
Sus disposiciones son de orden público, interés social y de observancia general en el territorio nacional.
Artículo reformado DOF