Ley [LGSC]

Articulo 1

Ley General De Sociedades Cooperativas

Artículo 1.- La tiene por objeto regular la , organización, funcionamiento y extinción de las Sociedades Cooperativas y sus Organismos en que libremente se agrupen, así como los derechos de los Socios.

Sus disposiciones son de orden público, interés social y de observancia general en el territorio nacional.

Artículo reformado DOF

Citado por 0 leyes