Ley [LGSC]
Articulo 3
Ley General De Sociedades Cooperativas
Artículo 3.- Para los efectos de , se entiende por:
- Organismos cooperativos, a las uniones, federaciones y confederaciones que integren las sociedades cooperativas;
- Sistema Cooperativo, a la estructura económica y social que integran las sociedades cooperativas y sus organismos. El Sistema Cooperativo es parte integrante del Movimiento Cooperativo Nacional, y
- Instituto, al Instituto Nacional de la Economía Social.
Artículo reformado DOF