Ley [LGSC]

Articulo 3

Ley General De Sociedades Cooperativas

Artículo 3.- Para los efectos de , se entiende por:

  1. Organismos cooperativos, a las uniones, federaciones y confederaciones que integren las sociedades cooperativas;
  2. Sistema Cooperativo, a la estructura económica y social que integran las sociedades cooperativas y sus organismos. El Sistema Cooperativo es parte integrante del Movimiento Cooperativo Nacional, y
  3. Instituto, al Instituto Nacional de la Economía Social.

    Artículo reformado DOF

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