Ley [LPERC]

Articulo 109

Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles

Artículo 109.- El Premio Nacional de Derechos Humanos es el reconocimiento que la sociedad mexicana confiere, a través del organismo autónomo de derechos humanos, a las personas que se han destacado en la promoción efectiva y defensa de los derechos fundamentales.

Artículo adicionado DOF . Reformado DOF

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