Ley [LPERC]
Articulo 125
Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles
Artículo 125.- El Premio Nacional de Cultura Contributiva se entregará en las siguientes categorías:
- I- Promoción, divulgación y defensa de los derechos humanos de los contribuyentes en el marco de la Cultura Contributiva.
- II- Generación de mecanismos para el fortalecimiento del sistema tributario justo, equitativo y solidario en el régimen democrático.
- III- Investigaciones y estudios académicos, jurídicos o tecnológicos sobre fortalecimiento del Sistema de Administración Tributaria o de la Cultura Contributiva.
Artículo adicionado DOF