Ley [LPERC]
Articulo 29
Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles
Artículo 29.- Los Consejos harán del conocimiento público los nombres de los integrantes de los Jurados.
Ley [LPERC]
Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles
Artículo 29.- Los Consejos harán del conocimiento público los nombres de los integrantes de los Jurados.