Ley [LPERC]

Articulo 51-h

Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles

Artículo 51-h. La convocatoria fijará plazos dentro de los cuales las instituciones y agrupaciones incluidas en la lista que prevé el artículo de , podrán ampliar informaciones ante el Consejo.

Artículo adicionado DOF

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