Ley [LPERC]
Articulo 51-h
Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles
Artículo 51-h. La convocatoria fijará plazos dentro de los cuales las instituciones y agrupaciones incluidas en la lista que prevé el artículo de , podrán ampliar informaciones ante el Consejo.
Artículo adicionado DOF