Ley [LSNIEG]
Articulo 102
Ley Del Sistema Nacional De Información Estadística Y Geográfica
Artículo 102.- El Instituto no estará obligado a proporcionar aquella información que:
- Tenga en virtud de cualquier disposición legal el carácter de confidencial, clasificada, reservada o de cualquier otra forma se encuentre restringida su difusión, o
- El usuario la requiera procesada en cualquier forma distinta a como se encuentra disponible, sin perjuicio de que el Instituto la pueda procesar y poner a disposición de los usuarios en forma onerosa, sujetándose en todo caso a los principios de confidencialidad, accesibilidad y transparencia.