Ley [LSNIEG]

Articulo décimo segundo

Ley Del Sistema Nacional De Información Estadística Y Geográfica

TRANSITORIOS

décimo segundo..- Cuando las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos u otros ordenamientos jurídicos hagan mención a la Ley de Información Estadística y Geográfica, o al , la referencia se entenderá hecha a la y al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, respectivamente.