Ley [LSNIEG]

Articulo quinto

Ley Del Sistema Nacional De Información Estadística Y Geográfica

TRANSITORIOS

quinto..- Los traspasos de recursos humanos, financieros y materiales del órgano desconcentrado Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, al organismo Instituto Nacional de Estadística y Geografía, deberán efectuarse en los términos de las disposiciones legales aplicables, garantizando la continuidad de la operación y de las actividades del Instituto.