cuarto..- Las uniones de crédito contarán con un plazo de dos años contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para ajustarse a las disposiciones a que se refieren los artículos y de la .
cuarto..- Las uniones de crédito contarán con un plazo de dos años contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para ajustarse a las disposiciones a que se refieren los artículos y de la .