Ley [LDRS]

Articulo 98

Ley De Desarrollo Rural Sustentable

Artículo 98.- El Gobierno Federal establecerá el Servicio Nacional de Normalización e Inspección de Productos Agropecuarios y del Almacenamiento, en términos de lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y las disposiciones aplicables a los almacenes generales de depósito.

Citado por 0 leyes