Ley [LICal_010720]
Articulo 121
Ley De Infraestructura De La Calidad
LIBRO Tercero TÍTULO Segundo CAPÍTULO II
Artículo 121. Los instrumentos para medir que se utilicen para llevar a cabo actividades de Evaluación de la Conformidad deben satisfacer los requisitos técnicos y metrológicos establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas de metrología legal y Estándares ahí referidos.