Ley [LICal_010720]
Articulo 96
Ley De Infraestructura De La Calidad
LIBRO Tercero TÍTULO Primero CAPÍTULO I
Artículo 96. La metrología científica abarca las actividades que se realicen en el establecimiento de patrones nacionales de medida y de certificación de materiales de referencia; en la actualización del Sistema General de Unidades de Medida; en la investigación científica y desarrollo tecnológico en metrología; en la participación en el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo del Comité Internacional de Pesas y Medidas; así como de divulgación de la misma, de la diseminación de las unidades de medida y de su trazabilidad.