Ley [LICal_010720]
Articulo tercero
Ley De Infraestructura De La Calidad
tercero.. Dentro del término de doce meses contados a partir de la entrada en vigor de la , el Ejecutivo Federal deberá expedir su Reglamento, en tanto, continuará aplicándose en lo que no se oponga, el Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.