Ley [LOAM]
Articulo 58
Ley Orgánica De La Armada De México
Artículo 58. Se consideran personas becarias, aquellas de nacionalidad extranjera que se encuentran realizando estudios en los establecimientos educativos navales de la Armada de México.
Ley [LOAM]
Ley Orgánica De La Armada De México
Artículo 58. Se consideran personas becarias, aquellas de nacionalidad extranjera que se encuentran realizando estudios en los establecimientos educativos navales de la Armada de México.