Ley [LOAM]
Articulo 67
Ley Orgánica De La Armada De México
Artículo 67. Las Escalas de los Servicios técnico profesional, están integradas por el personal que haya realizado estudios de nivel medio superior o técnico profesional reconocidos por la Secretaría de Educación Pública, de acuerdo con los ordenamientos aplicables.